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23. NECESIDAD DE UNA DEFENSA LEGAL ADECUADA

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De lo que se ha visto en puntos anteriores, la persona que enfrenta un proceso de esta naturaleza no puede apostar su futuro, su patrimonio y el de su familia a un abogado que no tenga los conocimientos, experiencia, carácter, pasión y entrega por la defensa de una persona que se enfrenta al peso del estado en este tipo de procesos.
Antes de la reforma de 2006 en la que el artículo 94 del CFF establecía que la autoridad judicial no podía imponer una sanción pecuniaria, el contribuyente podía decidir pagar o quedarse en la cárcel a su elección, y muchos particulares decidían quedarse en prisión y no pagar absolutamente nada de dinero al fisco federal, y así lo comunicaban a los abogados, “prefiero quedarme en la cárcel a pagarle al fisco o a Usted”.
Otra falacia que existía era que al ser delincuente primario, podía pagar una multa y salir de inmediato de prisión, pero como hemos visto esto no opera en materia de delitos fiscales, ya hemos visto que en la actualidad si el sentenciado decide no pagarle al fisco federal, este se va a cobrar mediante la reparación del daño y por la vía económico coactiva por el Procedimiento Administrativo de Ejecución.
Así pues, tenemos que el procesado enfrenta la pena privativa de libertad y de perder su patrimonio y de ver que la sociedad en la que se cometió el delito, quede disuelta por mandato judicial con todos sus bienes a favor del erario público, así de sencilla es la decisión que debe tomar el contribuyente al decidir quien es el abogado que debe defenderlo en el proceso penal tributario.
Es como el juego de la pirinola, si pierde, pierde todo, y no hay segundas oportunidades para reponer el procedimiento, un error en el proceso se magnifica y aumenta en cada paso del proceso.
Un ejemplo de lo anterior, una declaración preparatoria es tomada como una confesión en la mayoría delos casos, esta prueba es la reina de las pruebas en materia penal, es robustecida con la acusación y las pruebas periciales, la sentencia es condenatoria casi desde el comienzo, como se puede defender del propio contribuyente o del error de la defensa de dejarlo declarar al inicio del proceso, y este error garrafal es muy común en materia de delitos fiscales.
Por ello, una mala defensa aturde y mata desde el comienzo, cada error se magnifica sin remedio posible y el final es previsible, sentencia condenatoria en agravio del procesado y gracias al abogado que haya escogido este en su detrimento.
Y por desgracia muchos malos abogados se atreven a cobrar, añaden un insulto al agravio, mala defensa y cobran caro por ella y esto es lo más común, pero ahora se añade el principio de la reparación del daño, por ello, la necesidad de una buena defensa jurídico desde antes del proceso.
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